Diputación Provincial de Almería
Fomento, Agricultura y Medio Ambiente
Contratación de Obras
Publicado: 10/06/2014

Contratación de Obras - Licitación: Procedimiento Abierto - Aceptación/Exclusion ofertas obra Pechina
ACUERDO NUM. 12, ADOPTADO POR LA JUNTA DE GOBIERNO DE LA EXCMA. DIPUTACION PROVINCIAL DE ALMERIA, EN SESION CELEBRADA EL DÍA 30 DE SEPTIEMBRE DE 2014:


"ACEPTACIÓN/EXCLUSIÓN DE OFERTAS CON VALORES ANORMALES O DESPROPORCIONADOS, EN RELACIÓN CON EL PROCEDIMIENTO ABIERTO PARA LA CONTRATACIÓN DE LA OBRA DENOMINADA “ACONDICIONAMIENTO DE INSTALACIONES DEPORTIVAS EN PECHINA”, NÚMERO 77/PIM-2014-2015.

Por el Secretario se da cuenta, a tenor de lo que dispone el artículo 97 en relación con el 134.4 del Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Corporación, de la propuesta del Delegado del Área de Fomento, Agricultura y Medio Ambiente, de fecha 23 de septiembre de 2014, que dice:

“Vista la propuesta de aceptación y exclusión de ofertas con valores anormales o desproporcionados, formulada por la Mesa de contratación constituida al efecto de adjudicación del contrato de la obra número 77/PIM-2014-2015, denominada “Acondicionamiento de instalaciones deportivas en Pechina” (referencia: 77PIM2014-2), propuesta recogida en acta de 9 de septiembre de 2014.

Considerando lo determinado en el artículo 152 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, en cuanto a ofertas con valores anormales o desproporcionados.

El Delegado que suscribe propone que, por la Junta de Gobierno, sea adoptado el siguiente acuerdo:

1º) Aceptar la oferta inicialmente considerada como anormal o desproporcionada de la empresa SALCOA, SA, al entenderse su justificación técnicamente viable; debiendo constituir fianza complementaria para el caso de resultar adjudicataria.

2º) Excluir de la clasificación las ofertas presentadas por las empresas CONSTRUCCIONES NILA, SA, por no haber sido suficientemente justificada, y JOSÉ ORTIZ HERNÁNDEZ, por no presentar justificación; estimándose que las mismas no pueden ser cumplidas como consecuencia de la inclusión de valores anormales o desproporcionados.”

Obra en el expediente, en sentido favorable, el preceptivo informe, a que se refiere el artículo 172 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, de 28 de noviembre de 1986.

Considerando lo anterior, en virtud de las facultades delegadas por Resolución de la Presidencia número 1.104, de fecha 11 de julio de 2011:

LA JUNTA DE GOBIERNO en votación ordinaria, por unanimidad de los/as seis Diputados/as asistentes a la sesión, acuerda aprobar íntegramente la propuesta transcrita anteriormente."


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